A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Buitrago Rodriguez Brayan Stiven·Demandado En Averiguacion De Responsables
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Legitimación para promover conflictos de jurisdicción en graves violaciones de derechos humanos
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali y Fiscalía 1ª Delegada ante el Tribunal de Buga (Valle del Cauca).
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una denuncia interpuesta por un ciudadano en contra de uniformados de la Policía Nacional por abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto.
Al estudiar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, en el presente caso, no se cumple con el presupuesto subjetivo, porque el conflicto entre jurisdicciones debía proponerse o aceptarse por medio del Juez de Control de Garantías, requisito indispensable para entender suscitado el conflicto dado que, en el asunto de la referencia, la fiscalía carecía de legitimación para proponerlo o aceptarlo de manera autónoma, al no tratarse de la investigación de un delito que se considere grave violación a derechos humanos.
Así las cosas, al no encontrarse acreditado el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala se inhibió de pronunciarse de fondo y remitió el expediente Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali para lo de su competencia, incluyendo el deber de comunicar esta decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el aparente conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali y la Fiscalía 1° Delegada ante el Tribunal de Buga (Valle del Cauca).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3427 al Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali para lo de su competencia, en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión a la Fiscalía 1ª Delegada ante el Tribunal de Buga (Valle del Cauca) y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.